viernes, 31 de diciembre de 2010

Reunión Mesas Negociadora Convenio y Acuerdo


El jueves 30 de diciembre de 2010, se han reunido las Mesas Negociadoras del Convenio y del Acuerdo.
En la reunión del Convenio se ha llegado a un principio de acuerdo. Este Principio, será desarrollado y redactado por una Comisión Técnica, creada al efecto, que posteriormente se presentará a la Comisión Negociadora, para que proceda, si así se acuerda, a la firma del Convenio Colectivo, cuya vigencia será para los años 2010/2011.
Entre las mejoras recogidas en el principio de acuerdo podríamos indicar, como resumen, las siguientes:
La equiparación salarial entre laborales y funcionarios, por grupos económicos, en las mejores condiciones para los trabajadores/as, lo que supondrá que los grupos 1, 2 y 3 de laborales recuperarán en 2010 y 2011 parte del salario recortado por la aplicación del Decreto, así como los grupos A1 y A2 de funcionarios que también recuperarán parte de lo recortado. Todo ello sin menoscabo de las demandas interpuesta por la UGT en los Tribunales, para recuperar la totalidad de lo descontado. Para ver las cantidades aproximadas pinchar aquí
Ampliación de las coberturas médicas a las especialidades de Psicología y Fisioterapia, a través de medios propios de la Corporación.

Se procederá al estudio de un posible sistema de compensación a aquellos trabajadores/as que por las características de sus puestos no puedan disfrutar de la flexibilidad horaria, en especial en los centros asistenciales.
Se determinará una concreción y calendarización para el desarrollo de la carrera profesional del personal laboral con el establecimiento de mecanismos similares a los contemplados para el personal funcionario.
En el complemento de disponibilidad se establece la posibilidad de percepción de horas extras por parte de los encargados de carreteras y por aquellos otros colectivos que en situaciones de emergencia sean requeridos por la empresa.
Siguiendo con los principios establecidos en la regulación actual, se modificará el número máximo de horas extraordinarias que pasará de 40 a 42, y que podrán ser o bien compensadas en descanso doble o bien devengadas en su totalidad, con la opción por parte del trabajador/a
 En las dietas se homologará el sistema de percepción de dietas con el existente para el personal funcionario. En cuanto al kilometraje, se procederá al estudio de las cuantías que en la actualidad se abonan, para su incremento, así como la racionalización del uso de vehículos propios de trabajadores.

Día adicional de los años bisiestos como fuera de la jornada máxima anual, lo que supone un día adicional de vacaciones.
Introducción de cláusula de inalteración de los calendarios pactados en los Centros.
En cuanto a la flexibilidad horaria, se continuarán negociando avances en los sistemas de flexibilidad horaria.
En el horario especial en Semana Santa y Feria se incluye el lunes de Semana Santa dentro de los días en que se disfruta de horario especial.
Respecto a las vacaciones, en lo que habitualmente llamamos días de asuntos propios, se estable un día adicional, de 8 se pasa a 9.
Para el Plan de Pensiones, adaptación de las cantidades al IPC (inflación).
Mantenimiento de la cláusula relativa a inserción laboral del personal contratado con más de 50 años de edad durante la vigencia del convenio, teniendo en cuenta la afectación de las posibles medidas a personal con un determinado nivel de servicios prestados en Diputación.

Establecimiento de un sistema que permita garantizar futuras contrataciones al personal con servicios prestados en Diputación y que con motivo de futuras convocatorias de empleo público queden fuera del actual sistema de bolsas.
Plan de Empleo.- Como continuación de los objetivos y estrategias del Plan Integral de Empleo incluido en el anterior convenio colectivo, se establecerá un nuevo plan de empleo para el período de vigencia del convenio que permita concretar muy especialmente los siguientes aspectos:
· Concurso de traslados y otros mecanismos previstos de coberturas de vacantes.
· Homologaciones
· Relación de puestos de trabajo
· Oferta de empleo con concreción de plazas a incluir, señalando muy especialmente la ampliación del sistema de consolidación de empleo temporal previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público.