jueves, 31 de marzo de 2011

Firmado el Acuerdo de Funcionarios y el Convenio Colectivo para 2010-2011


En el día de hoy, 31 de marzo, se ha reunido la Mesa General de Negociación, así como las Mesas del Convenio y Acuerdo, procediéndose a la firma de los textos de dichos Convenio y Acuerdo.
Antes de entrar a valorar las mejoras obtenidas, queremos dejar constancia, como ya lo hemos hecho en alguna otra ocasión, que el estilo sindical que practica la UGT es el de respetar lo que cada organización sindical tenga a bien escribir y opinar, por eso nosotros no respondemos a los ataques y críticas que desde algunas de ellas se nos hacen. Estamos convencidos que la unidad sindical hay que trabajarla porque es necesaria para avanzar y mejor defender los intereses de todos y todas. Por lo cual, ante las inexactitudes, medias verdades, exageraciones y todos los males que nos achacan, respondemos con nuestra gestión y con la consecución de mejoras para todos los trabajadores y trabajadoras. Por tanto,  en nuestros comunicados nosotros nos limitamos a informar de nuestro trabajo y la gestión realizada.
Aclarado lo anterior, decir que, el Convenio y Acuerdo firmados ahora, mantiene la inmensa mayoría de los artículos del firmado para el periodo 2007-2009, y que fue ratificado por todas las organizaciones sindicales con representación en las Mesas de Negociación, o sea, UGT, CC.OO. Y CSIF, porque se consideró que en su conjunto era positivo, en el firmado  en esta ocasión para 2010-2011 sólo se han introducido algunas modificaciones que lo mejoran.
A continuación pasamos a resumir lo más destacable de lo logrado:
- Equiparación salarial: Con la firma del Convenio y Acuerdo se va a conseguir que se devuelvan a los grupos 1, 2 y 3 de Laborales así como a los grupos A1 y A2 de Funcionarios/as determinadas cantidades del salario recortado.
- Se consigue un día más de vacaciones para todo el personal, de los llamados días de asuntos propios, de ocho días se pasan a nueve.
- En el horario especial de Semana Santa y Feria, se incluye el lunes santo en el disfrute de dicho horario especial.
- Para el personal de los Centros asistenciales se ha recogido que pactado el calendario laboral, éste no podrá ser alterado bajo ninguna circunstancia, exceptuando necesidades urgentes y perentorias. Estas necesidades urgentes y perentorias nunca podrán referirse a bajas por Incapacidad Temporal, baja maternal, jubilaciones, excedencias o cualquier otra, para lo que la Diputación tiene un plazo de siete días para terminar los trámites necesarios para su cobertura. Por tanto el personal no podrá ser obligado a modificar su calendario laboral, y en caso de urgencia habrá de hacerse atendiendo a la voluntariedad del trabajador/a. Este texto mejora al anterior porque pone un límite donde antes no lo había, así  la Diputación no podrá hacer un uso dicrecional de las sustituciones basándose en su potestad organizativa.
Con la inclusión de este texto en el Convenio, y de producirse un incumplimiento por parte de la Empresa, se puede recurrir, tanto a la Autoridad Laboral (Inspección de Trabajo) como a los Tribunales de lo Social (antiguas Magistraturas de Trabajo). Este texto supone un buen instrumento para defender los intereses de los trabajadores/as de los Centros asistenciales.
Así mismo, se compensa con cuatro días de libre disposición a aquel personal que por las características de sus puestos no puedan disfrutar de flexibilidad horaria (tiempo de cortesía).
- Se consigue que la totalidad de horas extras puedan ser compensadas económicamente o con descanso, a voluntad del trabajador/a, pasando de 40 a 42 horas anuales para hacerlas múltiplo de 7 (horas diarias de la jornada ordinaria).
- También se consigue un día adicional de vacaciones los años bisiestos.
- Se ha establecido que la Comisión Paritaria Conjunta elabore un sistema que suponga un avance a favor de una mayor flexibilización horaria de la jornada.
- Ampliación de la cobertura médica al personal laboral en las especialidades de Fisioterapia y de Psicología.
- Paga, como complemento personal, que sustituye a la paga de productividad para el personal funcionario. Con el acuerdo se consigue que el personal funcionario pueda recuperar esta paga que la Diputación había dejado de satisfacer.
- Pago de las dietas para el personal laboral según el sistema que se aplica para el personal funcionario. Asimismo, el kilometraje se aumenta a 0,23 €.
- Nueva redacción para mejorar el texto que pretende la mayor continuidad laboral en la Diputación para el personal con más de 50 años.
- Se incluye en el Convenio lo acordado en la Comisión Paritaria referente al premio a la constancia, en el sentido de abonarse en los mismos términos que al personal funcionario.
- Se amplían algunos permisos retribuidos, así como su adaptación al Estatuto Básico en cuanto suponen mejoras. Destacar la ampliación de las horas para acompañamiento a la asistencia médica, que de 28 pasa a 35 horas anuales.
- Incluir el tiempo de servicio prestado en la Diputación para la confección de las futuras Bolsas de Trabajo.
            - Inclusión de un nuevo Plan de Empleo que recoge:
- Concursos de traslados y provisiones de puestos
- RPT
            - Valoración de puestos de trabajo
- Terminación de las Homologaciones
- Oferta de Empleo Público, contemplándose desde la consolidación de empleo temporal tal como establece el Estatuto Básico del Empleado Público.
- Carrera profesional
Por todo lo expuesto, UGT considera que con las mejoras introducidas seguimos avanzando y por eso firma el Convenio y Acuerdo, de no haberlo hecho se seguiría con la prórroga de los anteriores y no se podrían disfrutar de estos derechos conseguidos.